Permiso para la tenencia de animales potencialmente peligrosos

27 May Permiso para la tenencia de animales potencialmente peligrosos

En los Centros Médicos Miguel Servet y Torrero, además de renovar el carnet de conducir, podrás obtener o renovar el Permiso para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

A partir de Junio aplicaremos descuentos especiales en una campaña pensada para jóvenes que obtienen o renuevan (cada 5 años) estos permisos.

Cuando tenemos un animal a nuestro cargo de estas características, es muy importante que conozcamos las leyes y normas que hay en nuestro entorno sobre ellos, así evitaremos situaciones incómodas.

El Real Decreto 287/2002, que rige la «tenencia de animales potencialmente peligrosos» establece ocho razas caninas dentro de esta categoría:

  • Pit Bull Terrier
  • Staffordshire Bull Terrier
  • American Staffordshire Terrier
  • Rottweiler
  • Dogo Argentino
  • Fila Brasileiro
  • Tosa Inu
  • Akita Inu

Además de los perros pertenecientes a estas razas la ley considera «potencialmente peligrosos» a los perros que tengan la mayoría de estas características:

a) Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
b) Marcado carácter y gran valor.
c) Pelo corto.
d) Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 cms., altura a la cruz entre 50 y 70 cms. y peso superior a 20 kg.
e) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
f) Cuello ancho, musculoso y corto.
g) Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
h) Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

A continuación os indicamos lo que necesitáis para tener legalmente un perro de estas características:

1– Licencia administrativa del ayuntamiento del lugar donde se reside, previo cumplimiento de estos requisitos:

* Ser mayor de Edad

* Carecer de antecedentes penales graves o muy graves

Certificado de aptitud psicológica, emitido por un Centro de Reconocimientos médico-psicotécnico debidamente autorizado

* Certificado de un seguro de responsabilidad civil

2-Identificación del animal mediante microchip

3-Cartilla veterinaria con vacunas al día

4-Para los paseos por la vía pública tenemos que respetar 3 cosas:

*Que el perro sea conducido por la única persona autorizada (es muy importante), llevando la licencia encima y nunca conduciendo más de un perro al mismo tiempo.

*Llevar bozal, sobre todo para transmitir confianza a los demás

*Llevar una correa, con el perro siempre atado y de no más de dos metros

Finalmente os adjuntamos los importes de las sanciones que la Ley indica y que está aplicando el Gobierno de Aragón:

.Leves; de 150,25 €-303,05€

.Graves; 300,52€-2.404,05€

.Muy graves; 2.404,06€- 15.025,30€