La caducidad del carné de conducir

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31 Ene La caducidad del carné de conducir

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El carné de conducir es un documento oficial, personal e intransferible que caduca cada cierto tiempo. El motivo no es otro que controlar que, la persona a la que pertenece esa licencia, y por lo tanto la persona autorizada para la conducción, continúa siendo apta para conducir un vehículo a motor. Hay que tener en cuenta que un accidente, una enfermedad o el deterioro propio de la edad pueden incapacitar a la persona para esta actividad en particular y en ese caso, no solo pondría en peligro su vida, sino también la del resto de viandantes y conductores que se hallan a su alrededor.

Los conductores no profesionales deben renovar el carnet de conducir cada 10 años desde los 18 hasta los 65 y cada 5 a partir de esa edad. Los conductores profesionales tienen que renovarlo con más frecuencia ya que se entiende que tienen una mayor responsabilidad (por ejemplo los conductores de autobuses pueden llevar vehículos con más de 50 personas a su cargo) y que además pasan muchas más horas al volante.carne1

En algunos casos específicos y según marca la ley, extendemos la licencia con una vigencia menor a la estipulada. Esta vigencia varía en el tiempo según la enfermedad que sufra y/o la medicación que esté recibiendo el conductor durante el tratamiento.

Podemos realizar la renovación del carné con hasta 3 meses de antelación con respecto a la fecha de caducidad de la licencia y aunque pasemos el reconocimiento médico 90 días antes la citada fecha, la renovación empezará a contar desde el día siguiente, por lo que no perdemos días  aunque nos decidamos a renovarlo con los 3 meses de antelación que permite la ley.

Si pasas el reconocimiento médico en el Centro Miguel Servet o Torrero www.reconocimientomedicozaragoza.es, nosotros nos encargamos de gestionarlo todo con tráfico y al cabo de unas semanas te llegará la nueva licencia a la dirección que indiques en el formulario. Mientras recibes el nuevo carné te facilitaremos una autorización temporal para evitar sanciones (esto es especialmente necesario en los casos en los que la renovación se hace cuando tan solo quedan unos días de vigencia en la actual licencia de conducción).

Ahora bien, ¿qué pasaría si nos hemos olvidado de renovar la licencia de conducir y nos encontramos con que estamos fuera de fecha? Es algo muy común ya que la DGT no tiene la obligación de comunicarle al conductor la proximidad de la fecha de caducidad. En ese caso simplemente tendremos que pasar el reconocimiento médico, como en las renovaciones normales. Hace unos años, hasta 2008, si habían pasado más de 4 años desde que nuestra licencia había caducado había que volver a examinarse, pero en la actualidad la ley exige tan solo el reconocimiento médico. A pesar de esto nuestro consejo es que, si se lleva mucho tiempo alejando del volante y los pedales, hagamos un curso de conducción que nos vuelva a poner a punto para salir al tráfico abierto de esta manera minimizamos la posibilidad de sufrir algún percance.

¿Qué nos puede pasar si conducimos con el carné caducado? Si nos hemos despistado y la Policía o la Guardia Civil nos pillan en un control con la licencia sin renovar nos van a imponer una sanción de 200 euros. Hay que tener en cuenta lo siguiente: mientras que en muchos casos el carné se ha caducado por culpa de un mero despiste y a la hora de renovarlo, el usuario no tiene ningún problema para pasar el examen psicotécnico; existen otros casos en los que los usuarios son muy conscientes de antemano de que no van a poder pasar el reconocimiento médico para renovar sus licencia porque, por poner unos ejemplos habituales, han perdido la visión en uno de los ojos, han perdido audición, están bajo un tratamiento que es incompatible con la conducción u otros muchos aspectos que les impiden conducir con la seguridad necesaria.

Por eso, la ley que nos obliga a renovar el carné cada cierto tiempo es sin duda una buena medida para impedir que personas con sus capacidades mermadas puedan conducir vehículos a motor.


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