09 Nov La ITV se flexibiliza
El consejo de Ministros aprueba modificaciones en el Real Decreto que entrarán en vigor el 20 de mayo de 2018.
Nueva normativa establece una serie de cambios favorables al usuario:
1- Si el resultado de la ITV de un vehículo es desfavorable o negativo, se podrá elegir entre presentarse en la misma ITV o cambiar de estación. De esta forma se ofrece más flexibilidad al usuario al no obligarle a repetir la inspección en el mismo centro. Esta segunda inspección seguirá siendo gratuita independientemente de la estación elegida.
2-Hay otro cambio en el sistema de establecer la fecha obligatoria de la siguiente revisión obligatoria; apartir de ahora si se pasa la inspección con un mes de antelación no se modifica la fecha prevista para la siguiente.
(Si tu fecha de inspección fuese el 8 de noviembre y la pasas el 20 de octubre, suponiendo que la revisión tuviese que ser anual, la fecha de la próxima inpección sería el 8 de noviembre del siguiente año)
3-Se obliga a las estaciones de ITV a disponer de nuevas herramientas de diagnóstico electrónico que se conecten con los ordenadores de a bordo de los vehículos.
Esto se podría considerar un primer paso hacia la inspección de los sistemas de seguridad electrónicos y de mejor control de las emisiones, pues se detectarían posibles manipulaciones de dichos distemas.
Por último, se exige por primera vez, la titulación de Técnico Superior de Automoción para los inspectores.